La SEAUS es una sociedad científica, multidisciplinar, sin ánimo de lucro, y con personalidad jurídica propia con implantación en toda España.
La SEAUS tiene como misión:
- Fomentar e impulsar la mejora de los servicios de salud, basándose en el reconocimiento de los derechos y deberes de los ciudadanos.
- Con la finalidad de mejorar la relación y el entendimiento entre los ciudadanos, los profesionales de la salud y las instituciones, mediante información, formación, comunicación y participación.
Destacan entre sus objetivos
- Fomentar la difusión y aplicación de las cartas de Derechos y Deberes.
- Fomentar y difundir estudios de investigación.
- Promover la formación continuada y multidisciplinar.
- Promocionar los Servicios de Atención al Usuario/Paciente / Ciudadano.
- Procurar la mejora de la calidad.
CONCESIÓN DE UN AVAL CIENTÍFICO
Como tal, la SEAUS puede conceder Aval Científico, a personas, entidades, instituciones o sociedades científicas, siempre que las actividades a desarrollar se ajusten a la misión, valores y objetivos de la SEAUS.
Se puede solicitar el aval de la SEAUS para actividades como:
- Eventos científicos: Congresos y Jornadas.
- Actividades formativas presenciales u on-line: Cursos, Seminarios y Talleres
- Libros y Publicaciones científicas.
- Proyectos de investigación.
- Otras actividades que soliciten ser avaladas.
- Proceso para la petición de Aval y su resolución
- La solicitud debe ser presentada por la Dirección/Organización de la actividad.
- La solicitud se presentará en el formulario de solicitud, adjuntando aquellos documentos que se estimen necesarios.
- La solicitud debe remitirse a la Secretaria Técnica de la SEAUS
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- Resolución
La Comisión de Avales de la SEAUS emitirá su informe y dará respuesta en un plazo máximo de 30 días. El documento con la resolución del aval irá firmado por el/a Secretario/a de la SEAUS y remitido a la persona o entidad solicitante.
- Condiciones
El Aval Científico de la SEAUS se concederá para una actividad o publicación concreta. En el caso de acciones formativas, la concesión será por un período de un año, concluido el
cual será preciso solicitarlo de nuevo. En todo el material o documentación referente a la actividad avalada deberá añadirse “con el Aval Científico de la SEAUS” y deberá incluirse el logo de la SEAUS.
Es obligado enviar a la Secretaría de la SEAUS un ejemplar definitivo del programa, libro, documento, etc. por vía electrónica o en papel, una vez concedido el aval.
4. La SEAUS
Podrá informar referente a la actividad avalada a través de su página Web y sus medios de comunicación habituales.
No se hará responsable, en ningún caso, de las consecuencias del proyecto avalado o apoyado. En ningún caso la SEAUS será responsable del desarrollo ni de las implicaciones o derivaciones económicas de la actividad avalada.
En virtud de la naturaleza del evento a avalar y, en función del posible carácter comercial del mismo, la SEAUS puede establecer una cuota para la concesión del Aval Científico.